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Fallece Carlos Canelo Tejeda

Fallece Carlos Canelo Tejeda

GACETA 44/1

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GACETA 44/2

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GACETA 44/3

GACETA 44/3

GACETA 44/4

GACETA 44/4

GACETA 44/5

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GACETA 44/6

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GACETA 44/7

GACETA 44/7

GACETA 44/8

GACETA 44/8

ingreso mínimo vital1

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ingreso mínimo vital2

ingreso mínimo vital2

#EscudoMunicipal

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PLENO AGOSTO 2020. MOCIÓN IU PROTECCIÓN EFECTOS COVID

PLENO AGOSTO 2020. MOCIÓN IU PROTECCIÓN EFECTOS COVID

MOCIÓN PROTECCIÓN COVID

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PLENO AGOSTO 2020. MOCIÓN REGLA DE GASTO MUNICIPAL

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PGOU

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PGOU1

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PGOU3

PGOU3

PGOU4

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ENTRE TODOS 20/30

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http://www.izquierda-unida.es/

LEY PROTECCIÓN CONTRA LA LUDOPATÍA

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viernes, 16 de marzo de 2012

INFORMACIÓN MUNICIPAL: FEBRERO/MARZO



JUNTA DE GOBIERNO LOCAL -  22 DE FEBRERO DE 2012

CAMBIO DE TITULARIDAD DE INDUSTRIA

Se da cuenta del escrito presentado por Cárnicas la Habaza, S.L., en el que solicita cambio a su nombre de la titularidad de la industria destinada a sala de despiece y Envasado de Carnes, con emplazamiento en Polígono Industrial "Molino de Viento" de esta Localidad, y teniendo en cuenta.

1º.- Que por la Junta de Gobierno Local del día 31 de octubre de 2005, se concedió a nombre de Carnes Naturales de Extremadura, S.L. Licencia de Apertura para establecer la actividad  referida en el lugar indicado.

2º.- Que por la misma Junta de Gobierno Local del día 21 de noviembre de 2006, se concedió Autorización de inicio para dicha actividad.

3º.- Que por el solicitante se ha aportado la siguiente documentación:
       - Modelo 840 de Alta en la Agencia Tributaria de la Delegación de Hacienda.
       - Autorización por el actual titular de la licencia, al cambio solicitado.

Por todo ello, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad acuerda, conceder cambio de titularidad de la Licencia de Apertura de la industria de Sala de Despiece y Envasado de Carnes, sito en P.I. "Molino de Viento", en favor de Cárnicas La Habaza, S.L. cuya licencia se concedió a Cárnicas Naturales de Extremadura, S.L.


DENEGACION EJERCICIO DE ACTIVIDAD DE TALLER MECANICO

Se da cuenta del escrito presentado por D. Carlos Sánchez Fernández, con el que presenta Comunicación Previa de Apertura de Establecimiento, para ejercer la actividad de Taller Mecánico e Instalación Eléctrica, en Avd. C. de Plasencia, 56 y teniendo en cuenta, que por el equipo técnico de la Oficina de Gestión Urbanística de la Mancomunidad Riberos del Tajo se ha emitido informe, en el sentido de que la actividad solicitada "taller de mantenimiento del automóvil", englobada en el uso genérico "industrial", no está permitida en la ordenanza que le es de aplicación, SU2 Extensión Tradicional, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad acuerda poner en conocimiento del interesado, que no puede establecer la actividad comunicada.



7.- Se da cuenta del escrito presentado por Dª Casilda Serrano Tejeda, en nombre y representación de Humase-Gestión, S.L., en el que solicita instalación de una planta de potabilización de agua para consumo humano, según condiciones y características que figuran en escrito anexo, y teniendo en cuenta:

a) Que nada se dice en el escrito sobre el terreno en que se pretende instalar la planta.

b) Que la exención de tasa e impuestos que se pretende no está autorizada por el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, ni por las ordenanzas fiscales municipales que resultan de aplicación.

c) Que, al tratarse de una actividad con fin de lucro de iniciativa privada, debe ser el promotor quien asuma íntegramente los costes de instalación y explotación.

d) Que este Ayuntamiento no puede comprometerse a la adquisición de unos suministros sin que se acredite su necesidad.

 A la vista de todo ello, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:

1º.- Desestimar la solicitud de instalación de planta de potabilización de agua para consumo humano presentada por Humase-Gestión, S.L..

2º.- Poner en conocimiento de la solicitante que por parte de este Ayuntamiento no existe inconveniente alguno en autorizar dicha instalación, siempre que el promotor aporte un terreno adecuado y haga frente a todos los gastos de instalación y explotación que se ocasionen.

8.- Se da cuenta del escrito presentado por D. Fernando Alcalde Oñate en el que, basándose en la escritura pública firmada con fecha 25/03/1993 ante el Notario de Plasencia, D. Julián Clemente Alemán, solicita que se le confirme que los accesos sur, este y oeste a la Plaza V Centenario son calles y no pasadizos, y que los terrenos que figuran en la cabecera norte de las manzanas que delimitan dicha plaza cumplan lo establecido en dicha escritura en cuanto a tamaño, forma y edificabilidad.

Asimismo solicita que, respecto de un supuesto grupo de solares de las calles Margarita, Carrascal y Antonio Machado se respete lo que resulta de la repetida escritura.

Teniendo en cuenta:

a) Que la vigencia de las actuales Normas Subsidiarias de Planeamiento municipal es posterior a la escritura de 25/03/1993, por lo que resulta normal que en los planos incorporados a la misma no aparezcan reseñadas calles que no figuraban en el planeamiento urbanístico anterior, como es el caso de los viales de las unidades de ejecución núms. 6 y 14.

b) Que la repetida escritura de 25/03/1993 es, según se dice en su portada, de “segregación y cesión gratuita”.

c) Que, de las estipulaciones que aparecen en la escritura, se deduce, de forma clara e inequívoca, que el único compromiso que adquiere este Ayuntamiento es el de aceptar la cesión gratuita de 21.491,50 metros cuadrados, destinados a viales y zonas verdes, segregados por los hermanos Alcalde Oñate de la finca denominada Carrascal de Arriba y cedidos gratuitamente a este Ayuntamiento.

d) Que en la escritura nada, absolutamente nada, se dice respecto a solares, pasadizos ni terrenos de las manzanas que delimitan la plaza V Centenario, por lo que no podemos entender cuáles son los compromisos adquiridos al respecto a los que se refiere el solicitante.
e) Que la única función que cumplen los planos incorporados a la escritura, y así se recoge en la misma, es la de delimitar la ubicación de los terrenos segregados y cedidos, por lo que cualquier otra consecuencia que se pretenda extraer de dichos planos resulta racionalmente insostenible.

f) Que los accesos sur, este y oeste a la Plaza V Centenario están configurados como pasadizos en las vigentes Normas Subsidiarias y no aparecen entre los viales que son objeto de cesión en la mencionada escritura. Del mismo modo, los terrenos que aparecen en la cabecera norte de las manzanas que delimitan dicha plaza están considerados como no edificables.

A la vista de todo ello, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:

1º.- Desestimar las pretensiones planteadas por D. Fernando Alcalde Oñate.

2º.- Poner en conocimiento del solicitante que este Ayuntamiento está dispuesto a formalizar un nuevo convenio, en los mismos términos del suscrito con fecha 8/06/2005, respecto de la Plaza V Centenario.


RESOLUCIONES PRESIDENCIALES - 5 DE MARZO DE 2012

DESESTIMACION DE RECLAMACION  IMPORTE CUOTA 0 DE
LAS OBRAS DE LA UE-10

            Visto el escrito presentado por D. Félix Recio Valcárcel, D. José María Labrador Rodríguez, D. Eusebio Oliva Roncero, D. Carlos Martín Lucía y D. Miguel Ángel Rubio Fernández, propietarios de terrenos en la UE-10, en el que se da cuenta de un supuesto error en el importe de la cuota 0 de las obras de urbanización de dicha UE y se solicita que se exija al Agente Urbanizador la devolución de lo cobrado indebidamente.

            Esta Alcaldía, a la vista del informe de Secretaría de fecha 22/12/2011

            RESUELVE

            PRIMERO: Desestimar la reclamación formulada por D. Félix Recio Valcárcel y otros sobre el importe de  la cuota 0 correspondiente a las obras de urbanización de la UE-10

            SEGUNDO.- Incorporar, como anexo a la presente Resolución, el informe de Secretaría de fecha veintidós de diciembre de dos mil once, a los efectos previstos en el art. 89.5 de la LRJAP en cuanto a motivación del presente acto administrativo.

            Anexo
INFORME DE SECRETARÍA

                1.- Antecedentes.

                1.1.- Por Resolución de esta Alcaldía, de fecha 5/09/2011, se aprobó la MEMORIA de cuotas de urbanización presentada por el Agente Urbanizador de la UE-10.

                1.2.- Por Resolución de esta Alcaldía, de fecha 15/11/2011, se desestimó el recurso de reposición interpuesto por D. Eusebio Oliva Roncero contra la aprobación de la MEMORIA, por lo que ésta adquirió firmeza en vía administrativa.

                1.3.- Por Resolución de esta Alcaldía, de fecha 11/10/2011, se autorizó el cobro de la cuota 0 prevista en dicha MEMORIA, por importe conjunto de 34.000,00 euros más IVA.         

                1.4.- Con fecha 22/12/2011, se presenta en este Ayuntamiento escrito de 12/12/2011, suscrito por D. Félix Recio Valcárcel y otros, en el que se da cuenta de un supuesto error en el importe de la cuota 0 y se solicita que se exija al Agente Urbanizador la devolución de lo cobrado indebidamente.

               
                2.- Legislación aplicable.

                La legislación aplicable al caso viene dada por los artículos 127 y 133 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (LSOTEX).


                3.- Comentario.

                3.1.- Honorarios técnicos.

                Se afirma en el escrito que los honorarios técnicos incluidos en la cuota 0 ascienden a 24.735,55 €, mientras que el importe previsto por tal concepto en la proposición jurídico económica era de 24.000,00 euros.

                Esta afirmación es incorrecta ya que los reclamantes han incluido entre los honorarios técnicos una factura de espacyo arquitectura s.l., por importe de 735,55 euros, en concepto de “Gestión de trámites y documentación”.

                El hecho de que la empresa que emite la factura de 735,55 euros sea la misma que emite las de los honorarios técnicos, no quiere decir que sea por el mismo concepto, sino que se trata de un gasto distinto a dichos honorarios y contemplado como gasto de urbanización en la letra f) del art. 127 de la LSOTEX.

                Los 735,55 euros de esta factura, junto con los 9.624,45 euros de la factura del Registrador de la Propiedad de Plasencia, completan la partida de 10.000,00 euros prevista para tal fin en la proposición jurídico económica.

                3.2.- Gastos de dirección facultativa..

                El primer párrafo de la letra a) del artículo 133.2. de la LSOTEX dice textualmente:
                “El importe de las cuotas y la forma de su liquidación serán aprobados por la administración actuante, sobre la base de una memoria y una cuenta detallada y justificada y previa audiencia de los interesados. El importe deberá corresponderse con la previsión inicial de gastos de urbanización o, en su caso, con la modificada aprobada por la administración actuante, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 127.”

                La Memoria de cuotas a la que se refiere el precepto transcrito incluye todos los honorarios técnicos, incluida, por tanto, la dirección facultativa, en la cuota 0, que es la que han abonado los reclamantes.

                En el plazo de audiencia a los interesados ninguno de los reclamantes alegó nada contra la inclusión de los honorarios de dirección facultativa en la mencionada cuota; de igual forma que en el recurso de reposición interpuesto por D. Eusebio Oliva Roncero tampoco se hizo referencia alguna a dichos gastos.

                Una vez desestimado el recurso de reposición interpuesto por D. Eusebio Oliva Roncero contra la aprobación de la MEMORIA de cuotas de urbanización, ésta ha adquirido firmeza en vía administrativa y ya no es posible su modificación en esta vía, por lo que lo procedente es aplicarla en los mismos términos en que ha sido aprobada.

                Además, según la memoria aprobada, lo que se incluye en la cuota 0 son “ los gastos abonados  por el agente urbanizador”, independientemente de que se haya llevado a efecto o no la completa prestación que los origina.

                En este sentido, el art. 133.2.c) de la LSOTEX establece que “Podrá reclamarse el pago anticipado de las inversiones previstas para los seis meses siguientes a los propietarios de las parcelas directamente servidas por las obras correspondientes...”

                Por lo tanto, el Agente Urbanizador podría haber reclamado no solo el importe de los honorarios de dirección facultativa, sino también el de las obras cuya ejecución estuviera prevista para los siguientes seis meses en el correspondiente plan de obras. Sin embargo el importe íntegro de las obras se va a reclamar progresivamente a los propietarios una vez se vayan ejecutando en los porcentajes previstos en la MEMORIA.

                3.3.- Competencia.

                En base a lo dispuesto en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el órgano competente para resolver la presente reclamación es la Alcaldía.


                4.- Conclusión.

                Consecuente con todo lo anterior, el Secretario que suscribe propone la desestimación de la reclamación objeto del presente informe.

                No obstante la Alcaldía resolverá lo que estime procedente.


EJECUCIÓN DEL PROYECTO A FINANCIAR CON CARGO  A LA SUBVENCIÓN DEL Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe para el ejercicio 2011-2012
           
Por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura, según Resolución de su Consejero de fecha 15 de diciembre de 2011, se ha concedido a este Ayuntamiento una subvención  por importe de 81.561,56 euros,  para la ejecución del proyecto “Instalación y suministro de Contenedores Soterrados en el Paseo de Extremadura”, en base a lo establecido en la Orden de 10 de junio de 2011, por la que se convocan subvenciones en el Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe para el ejercicio 2011-2012.

                Por tal motivo se hace necesario llevar a cabo la contratación de la ejecución de citado proyecto, que recoge tanto la ejecución de obras previas como el suministro e instalación de los contenedores soterrados, el cual ha sido redactado por el Arquitecto Técnico Municipal, D. Jose Francisco Serrano San Pedro, cuyo presupuesto de ejecución material asciende a 81.561,56 euros, de los que 12.441,59 euros corresponden al I.V.A

                A la vista de todo ello, esta Alcaldía RESUELVE:
1º.- Aprobar el proyecto “Instalación de Contenedores Soterrados en el Paseo Extremadura de Malpartida de Plasencia”, cuyos presupuesto de ejecución por contrata asciende a 81.561,56 euros, de los que 12.441,59 euros corresponden al I.V.A
2º.- Proceder a la contratación del total del proyecto, que recoge tanto las obras previas como el suministro e instalación de citados contenedores soterrados, mediante procedimiento negociado sin publicidad, tramitación ordinaria.
5º.- Aprobar el expediente de contratación para la ejecución de las obras "Instalación de contenedores soterrados en el Paseo de Extremadura", que incluye el Pliego de cláusulas administrativas particulares, en los mismos términos en que ha sido redactado.
6º.- Autorizar un gasto por importe de 81.561,56 euros para la ejecución del citado proyecto con cargo a la partida  12-1-62300 del presupuesto de 2012.
7º.-  Solicitar ofertas para la ejecución del citado proyecto a las siguientes empresas, las cuales deberán presentarlas antes de las 14,00 horas del próximo día 14 de marzo de 2012:
         - VERINOX, S.L.
                - POLO ÁRTICO, S.L.
                 - MECANIZADOS TORRE PACHECO, S.L

                8º.- Nombrar Director de las obras contenidas en el Proyecto “Instalación y suministro de contenedores Soterrados en el Paseo de Extremadura” y coordinador de Seguridad de las mismas a D. Jose Francisco Serrano San Pedro, Arquitecto Técnico Municipal.

EXPEDIENTE SANCIONADOR POR INFRACCIÓN A LA LEY 22/2011 DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS
En el procedimiento sancionador instruido a D. JULIO APARICIO MARTÍNEZ, como presunto responsable, el Instructor del meritado procedimiento, ha formulado Propuesta de Resolución, tomando como base los siguientes hechos y fundamentos jurídicos
ANTECEDENTES DE HECHO
1.- Por Resolución de la Alcaldía de fecha 20 DE DICIEMBRE DE 2011, se inició procedimiento sancionador a D. JULIO APARICIO MARTÍNEZ, para determinar la posible responsabilidad administrativa en que hubiese podido incurrir por los hechos siguientes: ACUMULACIÓN DE RESIDUOS Y BASURAS DOMICILIARIAS EN RECINTO DE SU PROPIEDAD EN FINCA LA HERRERA DEL ESTE, ESTANDO AL LADO DE VIVIENDAS.
2.- Concedido el trámite de audiencia, el interesado  NO   formula alegaciones.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
            1.- La denuncia realizada por los AGENTES DEL SEPRONA DE LA GUARDIA CIVIL DE  PLASENCIA, constituye base suficiente para dictar la Resolución, salvo prueba en contrario, que en este caso, no se ha producido, quedando probados y así se declara, los siguientes hechos:
QUE D. JULIO APARICIO MARTÍNEZ HA ACUMULADO RESIDUOS Y BASURAS DOMICILIARIAS EN RECINTO DE SU PROPIEDAD EN FINCA LA HERRERA DEL ESTE, ESTANDO AL LADO DE VIVIENDAS.
2.- Los hechos que se declaran probados son constitutivos de UNA infracción al artículo 46.4.b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, pudiendo ser sancionada con multa de hasta 900 euros.
3.- De la infracción consumada, es responsable en concepto de autor, D. JULIO APARICIO MARTÍNEZ, por haber ejecutado los hechos tal como ha quedado probado en el procedimiento instruido al efecto.
4.- Al graduar el importe de la sanción propuesta, se ha tenido en cuenta que el denunciado ha procedido a la limpieza de los residuos, los  antecedentes del interesado, a efectos de apreciar reincidencia, así como las posibles circunstancias concurrentes en los hechos denunciados.
5.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales del Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/93, de 4 de Agosto.
            Vistos los artículos 127 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 18 y siguientes del meritado Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora y en atención a todo lo expuesto, en armonía con la propuesta del Instructor,
RESUELVO
  Imponer a D. JULIO APARICIO MARTÍNEZ  la sanción de 500  euros, como autor de una infracción administrativa LEVE tipificada en el artículo 46.4.b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
            Que transcurridos 15 días desde la firmeza de esta Resolución, sin haber efectuado el pago, se proceda al cobro de la misma por la Vía Ejecutiva con los recargos que correspondan


RESOLUCIONES PRESIDENCIALES - 13 DE MARZO DE 2012

PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DEL BAR-RESTAURANTE DE LA PISCINA Y PARQUE MUNICIPAL DURANTE EL AÑO 2012


Vista la necesidad de realizar la contratación de la explotación del bar-restaurante de la piscina y parque municipal para el año 2012, y teniendo en cuenta,
Que se ha emitido informe de Intervención sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente.
Que se ha informado por Secretaría-Intervención sobre la Legislación aplicable, el procedimiento a seguir y el órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato.
Que se ha redactado e incorporado al expediente el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que han de regir la adjudicación del contrato.

Que dadas las características del contrato se considera que el procedimiento más adecuado es el negociado sin publicidad, ya que su importe no supera el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, todo ello conforme a la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
A la vista de todo lo anterior, esta Alcaldía RESUELVE:
PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, para la “Explotación del Bar-Restaurante de la Piscina y Parque Municipal durante el año 2012”, que incluye el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regirá el contrato.
SEGUNDO.-  Solicitar ofertas de las personas preinscritas:
TECERO.- El plazo para la presentación de la correspondiente oferta económica y demás documentación que se indica en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, finalizará a las 12,00 horas del próximo día 22 de marzo de 2012.

            CUARTO. Constituir Mesa de Contratación para la valoración de las proposiciones económicas y calificación de la documentación, publicándose su composición  en el Perfil de Contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrarse para la calificación de la documentación referida en el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

            Citada Mesa estará compuesta por las siguientes personas:

            - Presidente: D. Marcelo Barrado Fernández, Alcalde-Presidente de este Ayto..
            - Vocales:        - D. Ángel Fernández Mateos, Primer Teniente de Alcalde del Ayto.
                                   - Dª. Mª. Saliente Recio Serrano, Segundo Teniente de Alcalde.
                                   - Dª. Mª. Isabel de la Llave Barbero, Tercer Teniente de Alcalde.
                                   - D. Jose Manuel Barreas García, Concejal Delegado de Turismo y                                               Servicios de este Ayuntamiento.
                                   - D. Teodoro Álvarez Sánchez, Secretario-Interventor de este Ayto.
            - Secretario:    - D. Rafael Sánchez Tejeda, funcionario de este Ayuntamiento.


COMPENSACIÓN DE FACTURAS DEL HOTEL CAÑADA REAL CON RECIBOS DE AGUA, BASURA Y ALCANTARILLADO PENDIENTES  DE PAGO

            Este Ayuntamiento tiene pendiente de pago al Hotel Cañada Real, S.A. las facturas núm. 9537, 9538 y 9653 del año 2011, cuyos importes suman un total de  10.375,47 euros. 
           
            Por otra parte citado establecimiento tiene pendiente de pago los recibos de agua, basura y alcantarillado relativos al Segundo semestre de 2009,  Primer y Segundo Semestre de 2010 y Primer Semestre de 2011, cuya deuda asciende a 24.086,64 euros.

            A la vista de todo ello, esta Alcaldía RESUELVE:

            Compensar el total de las facturas antes citadas del Hotel Cañada Real con parte de la deuda que citado establecimiento tiene con este Ayuntamiento, en concepto de agua, basura y alcantarillado, correspondiente al Segundo Semestre de 2009 y Primer Semestre de 2010, en un importe total de 10.375,47 euros.

            Así lo ordena y firma el Sr. Alcalde, ante mi, el Secretario, en Malpartida de Plasencia a trece de marzo de dos mil doce.


RESOLUCIONES PRESIDENCIALES - 15 DE MARZO DE 2012

COMUNICACION PREVIA DE EJERCICIO DE ACTIVIDAD DE CHURRERÍA

            Se da cuenta del escrito presentado por D. José Luís Mateos Martín, en el que presenta Comunicación Previa de  ejercicio de actividad de Churrería, en c/ Nazario Muñoz, nº 18,  y teniendo en cuenta:

            1º.- Que  por la Oficina Urbanística de la Mancomunidad Riberos del Tajo, con fecha 9 de marzo de 2012, se emitió informe de que dicha actividad está permitida en la zona que se pretende..

            2º.-  Que con fecha 9 de marzo de 2012, por D. Ángel Merino Ramos, farmacéutico del E.A.P. se emitió informe favorable sobre las condiciones higiénico-sanitarias de dicha actividad.

            Por todo ello esta Alcaldía Resuelve dejar constancia de que la actividad de churrería,  ESTA PERMITIDA  en la calle Nazario Muñoz, nº 18.

            Antes del inicio de la actividad deberá presentarse en este Ayuntamiento la Comunicación Ambiental, prevista en el Anexo III del Decreto 81/2001 de 20 de mayo, según el procedimiento establecido en el artículo 37 de mencionado Decreto.

COMUNICACION PREVIA  DE EJERCICIO DE ACTIVIDAD DE
VENTA Y MECANIA RAPIDA DE VEHICULOS

            Visto el escrito presentado por D. Carlos Sánchez Fernández, en el que formula Comunicación Previa de ejercicio de actividad de "Venta y Mecánica rápida de Vehículos" en Avda. C. de Plasencia, nº 60. Esta Alcaldia RESUELVE dejar constancia,  de que la actividad permitida en ese emplazamiento es la de venta de vehículos.
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JUNTA DE GOBIERNO LOCAL -  22 DE FEBRERO DE 2012

RELACION DE FACTURAS

Vista la relación de facturas presentada por el Secretario-Interventor, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar las que se indican

- Gamaphone, teléfono móvil            304,00
- E.S.Monfrague, vales de combustible de enero      3.722,47
- Movistar Fijo, bono plan 27 1.330,98
- Seur, envios documentación en enero         24,45
- Iberdrola, recibo luz semáforos P.Diputacion         10,34
- La misma, idem idem Cementerio   46,21
- La misma, idem idem semaforos Avda Plasencia   4,61
- La misma, idem idem edificio Paseo Extremadura, 39      10,08
- La misma, idem alumbrado publico c/ Jazmin        26,88
- Repsol, alquiler y mantenimiento equipos Pabellon Polideportivo            53,74
- Agroforex, tubo protector tipo invernadero           152,22
- Asoc.de Futbol Sala, gastos organizacion temporada 2011-2012  2.200,00
- Iberdrola, recibo alumbrado publico P. Diputacion            13,65
- Forto Julio, reportaje fotografico por visita Sr. Monago    150,00
- Con&Res, placas para instalar en papeleras y otras            363,44
- Laboral Textil, guantes y chalecos para jornada limpieza   72,70
- Bonifacion Rufo, viaje con C.Baloncesto Chinato 180,00
- Tygma, trabajos en caminos del Robledo   438,96
- El mismo, transporte de elevador para pintura en la Casa de Cultura       129,80
- El mismo, servicio con grua para pintar Ermita de San Blas          223,02
- El mismo, vaciar contenedores en E.D.A.R. del Cementerio        99,12
- El mismo, camion con cesta para reparar farolas y otros    590,00
- El mismo, servicio con grua para colocar luces de navidad           870,84
- Almacenes Lucio, material vario para oficinas       66,00
- El mismo, memoria usb para el Ayuntamiento       10,31
- Programación Liebre, manteniento programa recibos         424,80
- El mismo, idem idem programa de contabilidad    460,20
- El mismo, idem idem idem del Padron de Habitantes       767,00
- Correos, factura envio correspondiencia de enero  498,573
- Exc. J. de la Rosa, trabajos con maquina en campo de futbol       580,56
- Agustin Martin, tableros para feria del comercio    168,74
- Cooperativa San Isidro, pienso para perros y herbicida     191,00
- Laboratorio de biotecnologia, pintura para fachadas         1.677,96
- El mismo, idem para idem idem      1.715,25
- Grupo Telefonico 07, carmelos y otros       123,34
- Gasoleos Getafe, gas oil para el Ayuntamiento      1.942,00
- Cerajeria Chinata, cuota anual por lavado vehiculo Policia Local 56,64
- Hierros Plasencia, material vario para redes de abastecimiento     214,57
- Miguel A. Segura, material de limpieza  vario        749,40
- El Taller del PC, toner para impresoras       34,90
- Agroclinsa, analisis de agua de enero         278,10
- L.Martin Santos, productos varios para pintura      59,74
- Jose A. Rodriguez, recogida contenedores de papel de Enero      216,00
- Comercial Plasencia, material vario 1.248,19
- Talleres San Blas, reparar intermitente Citroen C-15         27,73
- Averias Plasencia, reparar foco en la pista del P. Extremadura     149,98
- El mismo, desmontar alumbrado de navidad de los árboles          174,64
- El mismo, reparar farolas del paseo de la Luz        115,17
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- El mismo, idem idem Piscina Municipal     71,26
- El mismo, idem idem bombeo edar del Molinillo   180,07
- El mismo, idem alumbrado publico Paseo Diputacion       1.001,09
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- El mismo, idem idem idem P.I. Las Pozas  928,11
- El mismo, idem luz Piso Tutelado   1.013,20
- El mismo, idem idem Casa de Cultura        660,40
- El mismo, idem idem bombeo aguas residuales P.I. Las Pozas     159,74
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- El mismo, idem alumbrado publico c/ Adolfo Maillo        815,60
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- Farmacia Antonio Galiano, arnidol para la Guarderia Infantil       16,10
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- El mismo, cestas de navidad para idem      1.152,26
- Repsol, consumo gas pabellon polideportivo          2.845,55
- EsPublico, mantenimiento anual programa informatico     2.232,62
- Soraya Oliva, prensa Piso Tutelado de enero         91,40
- La misma, idem Hogar del Pensionista de idem     42,40
- La misma, idem Ayuntamiento de idem     42,40
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- Informatica Sil, consumibles y fuente de alimentacion para equipos        40,06
- El mismo, mantenimiento equipos de febrero         413,00
- El mismo, idem idem de idem         194,70
- Iberdrola, recibo luz oficinas Ayuntamiento          232,55
- El mismo, idem alumbrado publico Plaza Iglesia   122,93
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- El mismo, idem idem idem del Horco del Espino  515,96
- El mismo, idem idem Edar del Cementerio            256,30
- El mismo, idem idem motores de elevacion del Robledo  166,90
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- El mismo, consumo combustible Piso Tutelado      2.081,05
- Iberdrola, recibo luz Edar del Molinillo      51,92
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- La misma, aperitivo Coros Extremeños de Plasencia         225,00
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- Averias Plasencia, reparar lamparas rotas por gamberros   215,35
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- El mismo, idem idem 927459355, idem de idem   75,45
- El mismo, idem idem 927404641, pabellon polideportivo 43,69
- El mismo, idem idem 927459007, Guarderia Infantil        155,02
- El mismo, idem idem 927459300, Juzgado de Paz            130,80
- El mismo, idem idem 927459959, Oficina Policia Local   45,55
- El mismo, idem idem 927404415, Casa de Cultura           204,89
- El mismo, idem idem 927404552, Biblioteca         195,11
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- El mismo, idem idem 927404156, idem     16,49
- El mismo, idem idem 927459245, Piso Tutelado   55,93
- El mismo, idem idem 927404639, telefono publico           25,67
- El mismo, idem idem 927459537, Hogar del Pensionista  25,45
- Tolplas, reparar lonas del pabellon  354,00
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- Pascual Carretero, trabajos con maquina en el Robledo     1.416,00
- El Taller del PC, toner para impresoras       145,21
- Taller Malpartida, asiento para el suzuki     224,20
- Roberto Ramos, clases de yoga de febrero 575,64
- Almacenes Lucio, articulos varios para la Guarderia          90,70
- Bonifacio Rufo, viaje a Plasencia con C.Baloncesto          118,80
- El mismo, idem a idem con idem    118,80
- Movistar Fijo, recibo Fax Ayuntamiento 927404620         20,56
- El mismo, idem telefono 927404024, Ayuntamiento         153,38
- El mismo, idem idem 927404017, linea ADSL Ayuntamiento     170,40
- Gespesa, canon eliminacion residuos de enero       4.549,39
- Gasoleos Getafe, gas oil para el Colegio     2.875,25
- Multitiendas Nahiari, bolsas de chucherias para la Casa de Cultura          60,00
- Espectaculos Amando, charanga para fiesta de San Blas  708,00
- ABM-Rexel, material electrico vario          457,04
- Muebles Fernandez, lavadora para el Piso Tutelado          439,00
- Insergraf, material de oficina          135,64
- Repuestos Plasencia, fundas para asientos de vehiculos    74,58
- Helpasa, cemento y aglomerado      1.043,42
- Pinturas Mayo, brochas y otros productos para pintura     207,29
- Agrofores, rosales y sustrato para jardines  210,91
- Laboratio de Biotecnologia, producto para el Cementerio 596,70
- El mismo, pintura para la Casa de Cultura  596,61





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